
9 de Febrero de 1951
A muchos ha de sorprender el tema de esta reflexión en tiempo en que el Derecho es un valor universalmente depreciado. También son muchas las gentes que piensan que la barbarie es mejor que la civilización. Me urge decir que este artículo se escribe para los que piensan lo contrario.
Esta excepción -pese a lo abstruso de su materia- tiene la mínima dosis de conceptismo, como los lectores informados advertirán; aquélla de la que es absolutamente imposible prescindir en un artículo que es todo él conceptual. Será oportuno precisar -perdóneme el filósofo español de quien es el concepto de esta traslación- que la civilización comienza justamente allí donde la razón de ser de la convivencia social, de la agrupación humana, deja de ser una reacción al medio meramente instintiva, para convertirse en consciente formulación o aceptación de un proyecto de vida en común.
Dicho de otra manera: la civilización empieza alló donde la mera aención al presente ha dado paso a la atención al futuro -sirviéndose, claro está, de la experiencias del pasado- y allí donde apareen como aspiraciones -o como realidades- de la vida colectiva el orden y su estabilidad. Lo cual supone ya algo más que un cierto discernimiento objetivo del bien y del mal, lo justo y lo injusto, lo noble y lo vil, lo constructivo y lo disolvente. Quiere esto decir que la civilización sólo llega a existir cuando los hombres se someten a ciertas normas morales, estableciéndolas formal y sistemáticamente, dándoles caráctr coactivo y conviertiéndolas en instrumento de su seguridad. Por eso pordría alterarse así la frase de Plutarco: “Podréis encontrar ciudades sin murallas, sin guarnición, sin moeda, sin letras; lo que no encontraréis jamás es un pueblo sin Dios y “sin Ley…”, porque sin justicia no hay posibilidad moral ni física de vida común.
Avanzando un poco más en este razonamiento, llegamos a poder sentar con fundamento esta afirmación: el grado de civilización de un pueblo se ajusta, al menos muy aproximadamente, al grado de vigencia y efectividad que alcancen en él el Derecho y la autenticidad de su adhesión al orden jurídico. Claro es que estoy hablando de una ordenación jurídica con título de legitimidad moral y no meramente formal o material, es decir, asentada sobre bases ética s e inspirada en ciertos principios morales. Así era ya en el Derecho romano con sus famosos preceptos. (”Vivir honestamente”, “no dañar a nadie”, “dar a cada uno lo suyo”. ¡Este es el problema!)
También hay que puntualizar que hablamos del orden jurídico auténtico y no de su simulación: de la norma jurídica y no de su disfraz al servicio de ilegítimos intereses del arbitrio y de la fuerza, mucho más vituperable que su conculcación directa y violenta. Con frase intencionada, no exenta de gracia, decía Desmoulins que “son los déspotas torpes los que se sirven de las bayonetas. El arte de la tiranía consiste en hacer la misma cosa con los jueces”. Los recientes procesos judiciales del centro de Europa contra hombres de Estado, prelados y militares responden exactamente a ese concepto. Esa simulación jurídica no define ciertametne un grado de civilización, sino que escarnece el Derecho y enmascara la peor forma de barbarie. Con Fabre Luce podríamos decir que es admisible y hasta legítimo combatir las grandes ideas a nombre de otros mitos, pero que es vergonzoso escarnecerlas. (Con todo, esos hechos vienen a subrayar el extraordinario valor político y social del Derecho y a constituir como un reconocimiento de su necesidad, de igual manera que la conducta hipócrita es un homenaje al mérito de la virtud.)
En resumen, será tanto más civilizada una sociedad cuanto más ciertamente esté fundada sobre unas bases jurídicas efectivas y duraderas, y cuanto con menos facilidad puedan ser anuladas por el capricho o interpretadas por la arbitrariedad.
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Pocos valores sociales son de tan universal interés como el Derecho, que afecta a todas las relaciones de la vida humana sin que nadie pueda sustraerse a su esfera de acción. Necesitan de su amparo y garantía tanto lo que poseen fortuna como los que no cuentan con otro patrimonio -éstos todavía más- que el de su dignidad personal y su capacidad de trabajo. El obrero manual, el intelectual, el hombre de negocios, el militar; el varón, la mujer, el niño, el anciano. Puede decirse que no haya posición ni situación a la que no alcance o pueda alcanzar el juego de pasiones y de intereses, el choque de voluntades que hallan en el Derecho su cauce y su regulación, asegurando y tutelando las posibilidades privadas y públicas de todos, y, en fin, haciendo posible la vida del hombre con el hombre y de los hombres en el grupo. El Derecho es, por consiguiente, una de las mayores conquistas de la cultura humana, y en buena parte la civilización -obra de esa cultura- es, en cuanto hecho social, el Derecho mismo. Existiendo, pues, un paralelismo, más bien una inherencia (al menos desde Roma), entre Civilización y Derecho, es frecuente que las épocas críticas de aquélla coincidan con las crisis del espíritu jurídico y a la inversa.
Ahora mismo, en la gravísima crisis que, pese al alto grado de progreso material, padece el mundo, ¿no es su nota más caracterísitica el menosprecio y la subestimación de la norma y del espíritu jurídico? Si lo ejemplos no abundasen por todas partes, bastaría considerar el más conspicuo y horrible de todos, el que nos ha ofrecido la última contienda mundial y su liquidación. Cuando el espíritu del Derecho -consustancial con el hombre civilizado- se había extendido en su perfeccionamiento incesante hasta a la regulación de la guerra misma -que era la negación de todo Derecho- brutalmente otra vez aquellas normas han sido violadas, violación que hoy paga la comunidad internacional a precio bien claro. La vida de los individuos y de los pueblos y de los pueblos pasa por hondas agitaciones y ansiedades, porque no sólo se ha roto un cierto tipo de normas, sino todo un sentido normativo.
Mas como nuestra aspiración no es sólo lamentar, sino comprender, es preciso decir que en lo que al Derecho se refiere, la crisis de hoy no es casual. Si es cierto que la norma ética en que el Derecho se inspire deba ser permanente, válida y perfectible, el Derecho mismo, esto es, el ordenamiento jurídico concreto y positivo en el que encarna y se realiza, es un producto histórico condenado por la misma fluidez de la Historia a perecer y a renovarse sucesivamente. Pero a la necesidad de renovación de la norma jurídica se han opuesto siempre diques conservadores -tan utópicos a veces como los estímulos demagógicos de los revolucionarios- que han producido situaciones de desequilibrio entre la exigencia moral del momento histórico y su realización en el Derecho. Y ésos han sido y son los momentos peligrosos, porque el impulso renovador, deformándose, llega en su tarea para derrocar la norma vieja e inválida, a la negación de toda norma posible o de todo sistema de Derecho. Y así, el espíritu jurídico queda en suspenso o en entredicho en manos desaforadas y casi siempre incompetentes, hasta que la nueva situación normativa se impone. Entre tanto, y cada vez, la civilización se expone a perecer del todo. La cuestión está en saber discriminar hsa dónde llega la verdadera exigencia de la variación histórica y dónde empieza el menosprecio gratuito -interesado muchas veces- propio del epíritu demagógico.
y lo grave es que, sin una cierta sensibilidad y sin un cierto gusto por el Derecho, ni el mismo revolucionario es capaz de crear un orden nuevo, porques es claro qeu ni la sustitución del Derecho por la tiranía ni su degradación al servicio del capricho tiránico son soluciones civilizadas. La tiranía es siempre un repliegue a lo inmediato y cotidiano, un escamoteo del futuro; un estado de provisionalidad y de inseguridad típicamente bárbaro.
Pero si la barbarie no es apetecible, tampoco es sugestiva una civilización sólo aparente, una estructura sin alma. Con demasiada frecuencia se ha repetido en ensayos y en artículos la frase de Goethe “prefiero la injusticia al desorden”. Frase peligrosa, nada cristiana, y una de las menos afortunadas del gran hombre. El planteamiento de esa opción es inaceptable, pues no hay posibilidad de entender un orden que exluya la justicia, ya que la injusticia es el desorden en potencia. En la jerarquía de los valores moralesla justicia es anterior y superior al orden. La justicia es un principio inspirador y permanente y el orden un simple acontecimiento temporal. El orden sólo tiene valor en cuanto es justo.
Ramón SERRANO SUÑER
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