¿Quiénes somos?BiografiasLibros sobre Don Ramón La tragedia del 36HendayaLibros PolíticosLibros JurídicosPrólogosMinistro del GobiernoLa ruptura con FrancoLas conferenciasArtículos de prensaFotosAudio y VídeoPregones

CRISTO Y SUS JUECES

6 de abril de 1952

RARO será que falten algún año, por estos días santos, en revistas y periódicos católicos, artículos más o menos eruditos, donde se examine el proceso de Jesús a la luz de los principios eternos del Derecho y de sus antiguas normas positivas. Tan trabajado está el tema, que no incurriré yo en la tentación de tratarlo una vez más; al menos no lo haré con método y preocupación de procesalista.

Tan grave y universal es su interés que, en el año 1933, un Comité de cinco judíos eminentes examinaba una vez más el caso, constituyéndose como tribunal de revisión, en la misma ciudad de Jerusalén. Quizá impresionados por la nueva oleada de persecuciones que por aquellos días volvía a cernirse sobre el pueblo elegido, los lejanos sucesores de los sanedritas deicidas trataron de esquivar la maldición que, de una vez para siempre aceptaron los jefes y el pueblo judío en el pórtico del pretorio de Lucio Poncio Pilatos, procurador de Roma, “Tiberio imperante”. Lo cierto es que aquel tribunal oficioso, después de examinar la antigua sentencia, declaró solemnemente su injusticia ya que “la inocencia del inculpado estaba demostrada, y su condena fue uno de los más terribles errores que los hombres hayan cometido jamás, error cuya reparación honraría a la raza hebraica”.

Los grandes libros sobre la vida de Nuestro Señor Jesucristo -citaré entre ellos los de Fillion, Edersheim, Lebreton y Ricciotti, éste, a mi juicio, el más notable y menos conocido- han estudiado las irregularidades cometidas tanto en el proceso religioso como en el civil. Tuvo lugar el primero ante el sanedrín judío, en tres sesiones distintas: en casa de Anás, la primera, y en la de Caifás, las otras dos. La segunda se celebró durante la noche, y fue dedicada al interrogatorio y la instrucción; pero sólo en la tercera, al rayar el alba (serían las cinco de la mañana), comenzó el juicio propiamente dicho. Duró, pues, desde la medianoche del jueves hasta el mediodía del viernes.

No parece posible llegar a puntualizar con precisión cuáles fueran las infracciones de normas tradicionales, pues sólo con posteridad a la muerte de Cristo se codificaron. Puede, sin embargo, con toda seguridad afirmarse que se emplearon testigos falsos y venales; que depusieron en forma vaga y contradictoria; y que se dieron por probados los hechos por el “propios testimonio” de Jesús, quebrantando la norma solemne y antigua, ya de indiscutible vigencia en aquel tiempo, que exigía, para condenar, el “testimonio ajeno”.Tampoco se cumplieron las normas que prohibían celebrar durante la noche procesos criminales y dictar sentencia de muerte en el mismo día del juicio. (Estas dos últimas están en el Talmud, pero no puede afirmarse que tuvieran ya entonces vigencia.)

El proceso civil tuvo también lugar en tres etapas: la primera y tercera, en el Pretorio, y en el palacio de Herodes Antipas, la segunda. Este proceso se sustanció en ambiente muy distinto y más rápidamente. Aquí aparece un juez a la vez convencido de la inocencia del reo y dotado de facultades para salvarle; pero es cobarde y quiere salvar su conciencia remitiendo, primero, al inculpado Herodes -por escrúpulos de regionalidad, al saberlo galileo-, y descendiendo después de la condición de juez a la de pusilánime abogado defensor que apela y se somete al veredicto de la masa popular.

Señaladas esas irregularidades, la verdad es que no faltó esa cautela formalista que ha caracterizado siempre -y sigue caracterizando- a los jueces inicuos. No faltó la oportunidad de la propia defensa -que Jesús renunció ante la iniquidad del juzgador- ni faltaron, según parece, los veintitrés miembros que componían el tribunal, ni los votos de mayoría indispensables para la pena capital. Y si fueron también observadas otras formalidades es probable que Cristo tuviese algún defensor ante el Sanedrín, pues intervenía en él un secretario con la misión de recoger todo lo favorable al reo y quizá ejerciera, además, cierta función de defensa que le aproximara un poco a un “abogado de oficio”. De quien fuera esa misteriosa persona no ha quedado rastro. De otro defensor de Jesús en el Sanedrín sí se tiene noticia: José de Arimatea, que era amigo suyo, le defendió y disintió de la condena.

Preciso es, pues, reconocer que no fue el “procedimiento” lo que más sufrió en el deicidio que cometieron Pilatos y el pueblo judío. Hipócritas y cautelosos, todos hicieron gala de respetar -externamente- fueros, garantías y jursidicciones. Los judíos, no obstante considerar a Jesús como blasfemo, por haberse llamado Mesías (y habiendo puntualizado con especial interés que se reputaba Hijo de Dios en el sentido ontológico), no lo lapidaron, porque quisieron respetar la competencia del gobernador del Imperio, que era a quien correspondía la facultad de entregar los criminales a la muerte -el “jus galdii”-, desde que Judea fue declarada provincia romana. “A nosotros no nos es lícito matar a nadie”, contestaron a Pilatos cuando éste les propuso que lo tomaran ellos y lo juzgaran según su propia ley. El juego de los sanedritas, como claramente se ve, consistía en suplantar de hecho a Pilatos en su función judicial y dejarlo reducido a mero ejecutor.

Una cosa es clara: que, con esos vicios procesales o con otro proceso formalmente impecable, todo habría ocurrido de la misma manera, porque había de cumplirse la Escritura -no eran las artes procesales las que debían salvarle o perderle; de otro modo a El le bastaría llamar al Padre- y porque lo que se condenaba -ya deliberadamente, como en el caso de los sanedritas, ya agnósticamente como en el de Pilatos- era la verdad. “Yo para esto nací, y para esto vine al mundo, para dar testimonio de la verdad”, respondió Jesúa a PIlatos quien, a su vez, al oír esto se encogió de hombros y le interrumpió con la pregunta del agnóstico: “¿Quid est veritas?” “¿Que es, dónde está la verdad?”

El no conoce la verdad -peor es el caso de quienes, conociéndola, la escarnecen-, pero tampoco encuentra, y así se lo dice a los judíos, “ningún delito en este hombre”, y, para salir del paso, acogiéndose a su costumbre de soltares un reo por la Pascua, propone al pueblo ponérselo en libertad. Los judíos, plebiscitariamente, democráticamente, previamente inducidos por sus guías, rechazan a Jesús -Salvador- y prefieren a Barrabás, ladrón, según el Evagelio de San Juan; homicida y sedicioso, según San Lucas.

En este momento podría, a mi entender, señalar un tercer proceso en el que el Tribunal es el pueblo de Israel, y Poncio Pilatos -al fondo la figura de una mujer advertida en misteriosos sueños- dirige la defensa de Jesús. En este juicio los mismos que pocas horas antes fueron cautos arrojan la máscara de su hipocresía, claman abiertamente su odio -”¡crucifícales!”- y aceptan la responsablidad de la muerte del justo.

_-_-_-_-_-_-_

Hemos llegado al punto -fondo y sustancia del gran proceso- qeu yo he querido tratar aquí: siendo así las cosas, ¿qué importancia tiene una infracción procesal más o menos? Es aquel “¿quid est veritas?”, esto es, aquel desconocimiento de la verdad -como siempre la justicia y la verdad son dos cosas dependientes una de la otra- el que va a matar a Cristo. Ante ella os judío, que esperaban al Mesías y al Hijo de Dios, han cerrado los ojos, voluntariamente; Poncio Pilatos no la ha visto.

No se diga, por tanto -recordemos sus escrúpulos jurisdiccionales- que no fuera Pilatos observante de ritos y competencias. Tanto que, atribuyendo al rito virtud absolutoria para el gran crimen que acaba de autorizar, sin ser judío se lavo las manos a la manera judía para probar su inocencia. ¡Qué figura tan repetida en el curso de la Historia la de ese juez medroso que brinda su sentencia a la opinión del vulgo o del Poder! Y para que nada falte en este ejemplo de cobardía humana, es la sombra del César lejano -ante el que teme le hagan pasar por desafecto- la que le mueve a lo que no ha podido convencerle su razón.

Sigue girando la rueda del tiempo, y aquellas dos actitudes, a lo largo de los siglos, se repiten monótamente. Millones de hombres por la misma duda o ignorancia que tuviera el procurador romano son o pueden ser inicuos. Pero lo son siempre los que, conociendo la verdad, viven de espaldas a ella, la suplatan, la deforman o la escarnecen; los que la profesan falsamente y los que la explotan como objeto de comercio.

El servicio de la verdad cristiana consistirá siempre, principalmente, en la práctica efectiva y entrañable de su virtud más excelsa: la caridad que, como enseña San Pablo, no es envidiosa, ni jactanciosa; que no se hincha ni es descortés, ni interesada, ni piensa mal, que no se alegra de la injusticia y se complace en la verdad.

Máximo ejemplo de caridad es el que ofrece Cristo clavado en la cruz, con los brazos abiertos, perdonando a sus verdugos. “El Cristo -en frase de un gran intelectual católico alemán- es la sublimación de la justicia en el amor.”

Ramón SERRANO SUÑER

 

Artículo anterior - Volver al índice de artículos de la década de los años 50 - Siguiente artículo

Foro Fundación Serrano Suñer - Teléfonos: 669 35 91 36 / 609 70 26 19 - email: info@forofundacionserranosuñer.es